Gobierno Aragón da luz verde e incluye todo el proceso transexual y CRS en Sanidad
El Gobierno de Aragón incluye en el catálogo de prestaciones sanitarias la intervención quirúrgica de reasignación de sexo
Vocento-. El Departamento de Salud y Consumo del Gobierno de Aragón ha dado luz verde a la orden en la que se establecen las instrucciones para la regulación de la atención a los Trastornos de Identidad de Género así como la prestación, por parte del Sistema de Salud aragonés, de lo medios para llevar a cabo la cirugía de reasignación de sexo.
De esta forma, quedan incluidas dentro del catálogo de prestaciones sanitarias financiadas por el SALUD el diagnóstico y tratamiento de este tipo de trastornos. La baja incidencia de estas alteraciones entre la población aragonesa y la obligación de garantizar una atención de calidad hacen ineficiente el establecimiento de una unidad específica en Aragón.
Por eso se ha designado un grupo multidisciplinar de profesionales para tratar a estos pacientes y se ha establecido que el SALUD financiará la intervención quirúrgica bien a través de médicos y centros propios, cuando las condiciones de garantía de calidad lo permitan, o bien derivándolos a aquellos centros cuya casuística, experiencia y capacidad aseguren un mejor proceso asistencial. Aparte de Aragón, sólo Andalucía incluye esta prestación en su cartera de servicios (fue una Comunidad pionera al incluirlo en 1999). Por ello, sería esta región la que absorbería las intervenciones quirúrgicas prescritas por los profesionales aragoneses.
La normativa aprobada marca los casos que deberán ser sometidos a este tipo de intervenciones quirúrgicas y los medios que desde el sistema sanitario aragonés se ponen en marcha para darles cobertura. En cuanto al primer punto, sólo los pacientes que presenten un transexualismo clásico se considerarán candidatos para la cirugía de reasignación de sexo. Es decir, se diagnosticará el Trastorno de Identidad Sexual en aquellas personas que presenten un claro deseo de vivir y ser aceptadas como miembros del sexo opuesto, por lo general acompañado por el sentimiento de incomodidad al sexo anatómico propio y por el ansia de someterse a dicha cirugía. Los criterios para el diagnóstico los completan que el problema no es simultáneo con una condición física intersexual y que causa distréss clínicamente significativo o incapacidad en áreas de funcionamiento sociales, ocupacionales u otras.
Por otro lado, la orden indica claramente los medios y pasos a seguir para su tratamiento. La fase terapéutica se abre con el diagnóstico y psicoterapia, para la que se han designado dos médicos especialistas en Psiquiatría y una Psicóloga Clínica. Tras este periodo, de entre tres y seis meses de duración, se pasa a la valoración endocrinológica y el tratamiento hormonal, que se extenderá en el siguiente año y medio o dos años. Dos médicos especialistas en Endocrinología y Nutrición serán los encargados de tratar esta fase.
Los responsables de estas dos etapas serán quienes participen en la tercera, basada en la experiencia de la vida real. Tras todo esto, el psiquiatra decidirá si se deriva o no el paciente al servicio quirúrgico. El control y seguimiento que viene tras esta intervención es de por vida y lo llevan a cabo los especialistas en Psiquiatría y en Endocrinología y Nutrición. El equipo multidisciplinar lo completan varios ginecólogos y urólogos para la valoración en ambas áreas médicas de los pacientes que lo precisen.
En Aragón se han contabilizado, sobre una población de 1.183.234 habitantes, un total de 44 hombres y 18 mujeres con Trastornos de Identidad de Género, según datos del Instituto Nacional de Estadística. En el conjunto de España, esta cifra asciende a 2.087 transexuales sobre una población de 36.114.472 personas. Todos ellos, tras el proceso diagnóstico, serían candidatos a la cirugía dos de cada diez pacientes. Además, en todo el país hay una incidencia anual de 61 personas que pueden demandar asistencia de este tipo.
La transexualidad es un problema de salud bien definido y descrito en las clasificaciones internacionales de enfermedades (Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders e International Clasification of Diseases, adoptada por la Organización Mundial de la Salud).