EL PERIÓDICO
SEVILLA
El Juzgado de Familia de Sevilla ha concedido a una mujer el mismo régimen de visitas que a cualquier progenitor para poder ver al hijo inseminado de su exnovia. El abogado de la demandante ha anunciado, además, que esta se ha ofrecido a pagar una pensión.
M. D. C. G, y la madre biológica, M. C. G., mantuvieron una relación hasta el 2004. Cuatro años antes, acordaron que una de ellas se sometiera a una inseminación artificial, fruto de la cual nació un niño que ahora tiene 5 años. Después la pareja se rompió y M. C. G. comenzó a oponerse a que su exnovia visitase al menor.
M. D. C. G. solicitó entonces el régimen de visitas previsto para abuelos y otros allegados. Ahora el juez la ha considerado progenitora a todos los efectos y le ha otorgado el mismo sistema previsto para los padres. La sentencia señala que, de haber continuado la relación, la demandante habría adoptado al niño según la nueva ley que la autoriza.