La sentencia señala que la versión del recurrente no es creíble porque incurrió en numerosas contradicciones. Añade que no se le puede conceder la condición de refugiado porque «no se aprecia la existencia de temores fundados de persecución, ya que no ha aportado indicios del hostigamiento que dice padecer». Además, la sala recuerda que el joven hizo el servicio militar en Irán, «superándolo sin dificultades». Y si Irán es un régimen que «castiga duramente la homosexualidad no es creíble que no tuviera problemas serios en el ejército».
Fuente: El Supremo niega asilo a un iraní al no demostrar su homosexualidad