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El Superior anula la absolución por un jurado popular del joven que mató de 57 puñala

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    El Superior anula la abolución por un jurado popular del joven que mató de 57 puñaladas a dos gays en Vigo


    El Alto Tribunal gallego califica de "absurdo, ilógico y arbitrario" el veredicto que exculpó a Jacobo Piñeiro del doble crimen, pero afirma que deriva en gran manera del "defectuoso" cuestionario que entregó la magistrada

    MARTA FONTÁN - VIGO Un polémico veredicto que acaba de ser desautorizado. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha declarado nula la sentencia que absolvió de asesinato al autor confeso de la muerte a puñaladas de dos jóvenes gays en su piso de la calle Oporto de Vigo –sólo fue condenado por el incendio que causó en la vivienda– y ordena por tanto la celebración de un nuevo juicio con otro jurado popular. La resolución del Ato Tribunal gallego es tajante: califica de "absurdo, ilógico y arbitrario" el dictamen alcanzado por el jurado, pero no carga toda la responsabilidad sobre estos ciudadanos, al entender que el objeto del veredicto que les fue proporcionado por la magistrada- presidente –el cuestionario cerrado que debían responder para decidir sobre la culpabilidad o no del acusado– era "defectuoso" de base.
    La inesperada absolución de Jacobo Piñeiro Rial se producía hace ocho meses. Pese a que el joven cangués admitió en el juicio que había asestado 57 puñaladas a Isaac Pérez Triviño y a Julio Anderson Luciano la madrugada del 13 de julio de 2006, el jurado lo declaró no culpable de los crímenes por estimar que actuó en defensa propia y por "miedo insuperable" a ser violado o asesinado. Una decisión que sorprendió a todos y causó una oleada de indignación y repulsa social. El único delito del que lo responsabilizaron fue el de incendio, por el que fue condenado a 20 años de cárcel, la pena máxima posible.
    Las reacciones no se hicieron esperar. Fiscalía y acusación particular decidieron recurrir ante el Tribunal Superior para solicitar la nulidad de la sentencia que absolvía a Jacobo Piñeiro del doble asesinato, algo que ayer se hacía realidad. La causa tendrá que ser devuelta a la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra para la celebración de otro juicio "ante un nuevo tribunal integrado por magistrado-presidente y jurados distintos". Al respecto, el abogado de la acusación privada planteaba que la vista fuera con un tribunal de magistrados, pero el TSXG da aquí la razón al fiscal al estimar que la causa es competencia de un jurado. La defensa de Piñeiro también había presentado un recurso de apelación solicitando la pena mínima por el incendio, una pretensión que ya no fue analizada al anularse la sentencia a todos los efectos. En todo caso, el fallo notificado ayer puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo.
    Motivación
    Tal y como habían pedido las acusaciones, la anulación de la sentencia se basa en la ilógica motivación del veredicto realizada por el jurado, pero se concreta que se debe en gran medida a los defectos del cuestionario que se facilitó a estos ciudadanos para que alcanzasen un dictamen, que motivó algunas protestas de las partes. "[...] en el presente caso la redacción del objeto del veredicto no es un modelo en su género, y no nos cabe duda que la ciertamente defectuosa motivación del jurado deriva en gran manera de aquella", afirma el TSXG, que destaca que los jurados se vieron obligados a pedir aclaraciones "repetidas veces" y que incluso llegaron a decir en un acta que se veían inducidos a fallar a favor del imputado ya que la única opción alternativa que se les daba era la de "incrementar considerablemente" la culpabilidad que estimaban.
    Y debido a este mal planteamiento del cuestionario y a la confusión que generó, en la sentencia, por ejemplo, no se llegó a dar como probado que las víctimas habían fallecido. "Si formalmente partiéramos de esto podríamos concluir en la imposibilidad de existencia de un delito de homicidio o asesinato, cabiendo únicamente el de lesiones, lo que no dejaría de ser un nuevo absurdo", se concreta.
    También por los defectos en el cuestionario el TSXG entiende que el jurado no pudo examinar convenientemente en el conjunto global de los hechos las eximentes de miedo insuperable y legítima defensa que llevaron a la absolución de Piñeiro. Además, las explicaciones dadas por el tribunal popular fueron "inconsistentes" en algunos aspectos, como por ejemplo con relación al miedo que sentía el acusado de una de las víctimas. Al respecto, el Alto Tribunal recoge un fragmento del veredicto: "[...] y aunque Isaac estaba realmente muerto, él [el acusado] considero que todavía vivía debido a que su cadáver tenía los ojos abiertos, lo que para él suponía un peligro y por ello siguió agrediendo".
    Éstas y otras razones son las que hacen concluir al TSXG que la motivación del veredicto fue "absurda, ilógica y arbitraria en grandes aspectos frente a los hechos básicos enjuiciados" y que las conclusiones que se asumieron en la sentencia no pueden ser aceptadas "desde un punto de vista lógico-racional". Un fallo en el que, resalta, se trató de buscar "cierto grado de racionalidad" al aplicarse la pena máxima de 20 años de cárcel por el incendio.
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