El ministerio público se pregunta si es una reacción defensiva asestar 35 puñaladas "a un moribundo"
J. M. GUTIÉRREZ - A CORUÑA Jacobo Piñeiro, absuelto por un jurado popular del doble asesinato de dos jóvenes gays en un piso de Vigo –a los que reconoció haber asestado 57 cuchilladas–, y condenado a 20 años de prisión por prender fuego a los cuerpos y a la vivienda, en la que dejó abierta la espita del gas en julio de 2006, regresó ayer al banquillo de los acusados en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Fiscalía y acusación particular reclamaron en la vista de apelación la anulación del veredicto y la celebración de un nuevo juicio, que para la familia debe celebrarse con un tribunal de jueces. La abogada defensora del acusado solicitó que se reduzca a 10 años la condena por el incendio porque "no existió riesgo efectivo y real para las personas".
Un veredicto poco racional, insuficientemente motivado y con una formulación errónea en el cuestionario que se sometió a los miembros del jurado popular, centraron los argumentos de la Fiscalía y de la acusación particular, que consideran que se incumplieron las garantías procesales en el juicio celebrado en la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo.
Acusación pública y particular coincidieron en poner en duda la existencia de "legítima defensa" y "miedo insuperable" que el jurado tuvo en cuenta para condenar a Piñeiro sólo por incendio. El fiscal, José Ramón Piñol, argumentó que "aceptando la tesis de que en el primer momento la reacción fuera defensiva, ¿cómo se pueden justificar las segundas agresiones?".
La Fiscalía calificó de "inasumible" la legítima defensa y rechazó el "miedo insuperable", ya que tras las primeras agresiones a los dos jóvenes, Isaac Al Daní y Julio Anderson, el procesado tiró la puerta de la habitación donde se había refugiado Al Daní, ya herido, para recoger las gafas y el móvil, y le asestó otras 35 cuchilladas, preguntándose si existe "legítima defensa en la agresión de 35 puñaladas a un moribundo".
En cuanto a la pregunta que durante el juicio con jurado no se permitió efectuar a los forenses de si la herida que Jacobo Piñeiro presentaba en su mano pudo hacérsela él mismo al apuñalar con ensañamiento a las víctimas, Piñol la consideró "procedente y necesaria". Esta situación, en su opinión, "llevó a un error al jurado que por sí sólo justificaría la anulación del fallo".
El abogado de la acusación particular, Tomás Santodomingo, cuestionó el veredicto del jurado por "irrazonable y arbitrario". Sostiene, además, que la sentencia "adolece de errores en cuanto a la aplicación de ciertos conceptos jurídicos". Recordó que ambos jóvenes sufrieron una larga agonía y tortura, pues las 57 puñaladas las recibieron estando con vida, según los forenses. El procesado, recordó, se quedó más de cuatro horas en la casa y robó todo lo que pudo.
La abogada de Jacobo Piñeiro, en alusión a los recursos del fiscal y acusación particular, sostuvo que "han defendido con brillantez tesis insostenibles". "No se puede venir a subsanar los errores cometidos en primera instancia, lo que subyace es una revisión del juicio", dijo. Así, alegó que la Fiscalía no formuló reclamación de subsanación de error sobre la pregunta de las heridas de cuchillo en la mano del procesado. Es "absolutamente injusto" que se critique la composición de los hechos. "Es un recurso cuasi casacional"; si las eximentes eran incompletas, deberían haber reclamado en el acta, argumentó.
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