Enrique López respalda a los jueces que cuestionaron las bodas homosexuales
El portavoz del Consejo General del Poder Judicial, Enrique López, ha declarado que la existencia de votos particulares en la resolución del Tribunal Constitucional que rechaza la admisión a trámite de cuestiones de inconstitucionalidad contra la Ley de Matrimonios homosexuales, "justifica sobradamente" que los jueces de Denia y Telde presentasen dichas cuestiones, y "deslegitima cualquier crítica" a estos magistrados, como la realizada por el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar.
L D (Europa Press) El portavoz del Consejo General del Poder Judicial, Enrique López, ha invitado a una reflexión sobre la posibilidad de dejar de encargar a un juez una función de naturaleza administrativa como la tramitación de estos matrimonios, y que se ocupe de la misma un funcionario público, sin perjuicio del posterior control jurisdiccional de la decisión.
Ha añadido que en la actualidad el método es el contrario, es decir, que las decisiones de los jueces adoptadas en el ámbito del Registro Civil, como éstas, son revisables por la Administración, en concreto por la Dirección General de Registros del Ministerio de Justicia.
El portavoz del CGPJ ha pedido al ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, que piense en ese cambio y que no descalifique o desacredite a miembros del poder judicial, como cree que está sucediendo demasiadas veces en los últimos tiempos. López Aguilar ha dicho que el Constitucional ha dado "una lección" a los jueces que sustituyen la Ley por sus prejuicios personales.
En todo caso, Enrique López ha mostrado su máximo respeto a la decisión del Tribunal Constitucional, que estima que es muy relevante porque determina la naturaleza jurídica del juez como encargado del Registro Civil. Asimismo, ha agregado que espera que el Constitucional se pronuncie cuanto antes sobre el fondo de la cuestión, es decir, sobre la constitucionalidad o no de la Ley de Matrimonios entre Homosexuales, para generar paz y certeza jurídica en torno a la cuestión, que es uno de los valores fundamentales del ordenamiento jurídico democrático, y para que se fijen los límites subjetivos del derecho al matrimonio.
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