- MadridDigital 07/11/2006 - España, 07/11/06- Izquierda Unida, a través de la diputada Isaura Navarro (foto), ha logrado que en la próxima Ley Reguladora de la Rectificación Registral de la Mención Relativa al Sexo de las Personas (más conocida como Ley de Identidad de Género) se incluya una disposición adicional por la que se modificará el artículo 7 de la recientemente aprobada Ley de Técnica de Reproducción Asistida, al objeto de permitir que las lesbianas puedan ser madres de los hijos in vitro de sus cónyuges.
La Comisión de Justicia del Congreso aprobó hoy esta reforma propuesta por IU para que se establezca que “cuando la mujer estuviere casada, y no separada legalmente o de hecho, con otra mujer, esta última podrá manifestar ante el Encargado del Registro Civil del domicilio conyugal, que consiente en que cuando nazca el hijo de su cónyuge, se determine a su favor la filiación respecto del nacido”.
Isaura Navarro valora que “en Izquierda Unida estamos muy satisfechos de que a través de esta enmienda, podamos resolver el vacío legal existente hasta ahora, para poder extender a ambas cónyuges la filiación de los hijos nacidos dentro del matrimonio entre mujeres del mismo sexo que se someten a las técnicas de reproducción asistida, siempre que se manifieste dicha conformidad. De esta manera, se evitará tener que recurrir a la adopción del hijo de la cónyuge”.
La parlamentaria de IU recuerda que “de esta forma se van a resolver casos como el ocurrido recientemente en Algeciras cuando, después de que un juzgado de esta localidad reconociera la maternidad de ambas cónyuges por el nacimiento de su bebe a través de fecundación in vitro, hubo un recurso por parte de la Fiscalía a esta decisión lo que nos causó una profunda indignación”.
Apoyo de distintos colectivos
Navarro explica que tras los evidentes problemas puestos de manifiesto por este caso “desde Izquierda Unida hemos hecho nuestras las razonadas reivindicaciones hechas por distintos colectivos de gays y lesbianas, entre ellos la Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (FELGT) para promover los cambios legales necesarios y que las lesbianas puedan ser madres de los hijos "in vitro" de sus cónyuges.
En su opinión, “el único hecho que determina la filiación matrimonial es cuando existe matrimonio, y este hecho se da. Por tanto, el descendiente es y debe ser reconocido como del matrimonio, salvo denuncia expresa de alguna de las cónyuges, cuando las dos miembros de la pareja están de acuerdo en reivindican su condición de madres, es decir, de progenitoras”.