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Los colectivos de transexuales exigen respeto e igualdad en vísperas del trámite parl

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    Los colectivos de transexuales exigen respeto e igualdad en vísperas del trámite parlamentario de la Ley de Identidad de Género
    El Ejecutivo socialista pretende aprobar la Ley de Identidad de Género olvidándose de las personas nacidas en el extranjero y aquellas que todavía no hayan alcanzado la mayoría de edad.
    Jaume d'Urgell (Kaosenlared) [07.11.2006 01:56] - 17 lecturas - 0 comentarios

    Congreso de los Diputados
    Madrid.- En los instantes previos a la aprobación definitiva del texto legal, los sucesivos borradores, proyectos y anteproyectos conservan todavía una serie de incomprensibles exclusiones que afectarían a importantes sectores de población, en función de factores tan arbitrarios como su edad o lugar de nacimiento.


    La parlamentaria Carmen Montón expresó hace unos días su opinión contraria a la inclusión de las medidas que reivindican los principales colectivos de defensa los derechos de las personas transexuales. Según la parlamentaria, el alcance de la potestad legislativa de la cámara española no puede afectar al reconocimiento que otros estados otorguen a la identidad de sus ciudadanos, en alusión a la supuesta imposibilidad de que España reconozca legalmente lo que por otra parte es ya una realidad aceptada entre sus ciudadanos.

    En este sentido, los diversos colectivos y asociaciones que trabajan por el respeto a los derechos de las personas pertenecientes a minorías sexuales –tanto por cuestión de género como de orientación–, consideran que la apreciación de la diputada Montón parte del desconocimiento de la fuerza jurídica de la Resolución de 24 de enero de 2005 de la Dirección General de Registros y del Notariado,que autoriza el matrimonio entre un varón español y una transexual costarricense que no tenía reconocido en Costa Rica el cambio legal de sexo, pero que si había obtenido el cambio de nombre y sexo en su tarjeta de residencia tras sentencia del Juzgado de Primera Instancia n.° 40 de Barcelona de 22 de mayo de 2002, por el que se declara que el sexo de J.-A. G. A. es mujer y su nombre es el de M.-M. G. A., y volante de empadronamiento.


    Los colectivos reconocen el esfuerzo llevado a cabo por los miembros del Congreso de los Diputados en esta legislatura, no obstante, es el reconocimiento mismo al carácter histórico de la aprobación de esta Ley, el que motiva la especial necesidad de aprobar una Ley incompleta.


    No podemos olvidar el compromiso, talento y valentía de personas como Ocaña, Carla Antonelli, Beatriz Gimeno, Kim Pérez, Boti García Rodrigo, Andrea Muñiz Celestino, Pedro Zerolo, Ilota Ledo, Gina Serra Insua, Alberto García Catalina, Abel Serafín García… entre otras, personas in las cuales hoy no contaríamos con una de las legislaciones más avanzadas en materia de reconocimiento de una realidad que siempre ha estado a la vista, pero que demasiadas veces ha sido objeto de rechazo, desconocimiento y tergiversación. A todas ellas, deberíamos agradecer la protección y el reconocimiento legal del que hoy disfruta una inmensa minoría de nuevas familias. Este es un detalle ineludible: las personas transexuales estuvieron presentes cuando se trataba de ayudar a los demás, ahora, por Justicia, no podemos fallarles.


    No estamos ante una Ley más, la presente modificación del Registro Civil constituye uno de los pasos más importantes dados en la Historia de nuestro país, y por extensión, de toda la Humanidad, para acercarnos a la abolición legal de toda discriminación hacia las personas transexuales. Su efecto no se limita exclusivamente a las personas que se beneficiarán de la Ley, en tanto que un paso hacia la Igualdad, su mera aprobación dignifica al conjunto de la sociedad, y por ello, debería ser motivo de orgullo y satisfacción de toda la ciudadanía.


    Es increíble que el acceso a un derecho elemental, se vea comprometido por factores tan arbitrarios como la edad, puesto que ello significaría supeditar el criterio médico a un absurdo límite administrativo. De igual modo, someter el ejercicio de los derechos fundamentales del individuo al nombre de su país de origen, supone una discriminación contraria al artículo 14 de la Constitución Española de 1979 (que se corresponde con el artículo 2 de la Constitución Española de 1931).


    Estamos en 2006, todos los escollos jurídicos alegados por el Grupo Parlamentario Socialista han sido desarticulados gracias al trabajo de los equipos legales de asociaciones para la defensa de los Derechos Humanos, asociaciones como: “Transexualidad Euskadi”; Asociación para la Identidad de Género; el Grupo de Transexuales, amigos y familiares de Navarra; “ATC Libertad”, Asociación de Transexuales, Intersexuales de Catalunya; “Así somos”, Asociación de Transexuales de Castilla y León en Valladolid; y “Aperttura”, Asociación de Personas Transexuales de Tenerife, entre otros.


    Es insostenible que en nuestros días, la misma Ley que impida a personas menores de edad e inmigrantes recibir el tratamiento adecuado para un diagnóstico de disforia de género, lo autorice para los ciudadanos españoles mayores de edad. Eso sería tanto como elevar la desigualdad a rango de Ley, una vez más.

    El asunto es claro: se trata de una cuestión de voluntad política. Confiemos en que a última hora se imponga la cordura y podamos repetir una vez más aquello de “hoy España es un país más digno”, porque la dignidad no reside en nombres, ni trapos, sino en cada uno de sus ciudadanos.
Trabajando...
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