Por: Bruno Fernández De Córdova Jauregui
En el marco de la delegación de facultades legislativas concedidas al Poder Ejecutivo, hoy se publicó el Decreto Legislativo Nro. 1323, el cual incorpora la orientación sexual y la identidad de género como circunstancias agravantes de los delitos cuando estas sean los móviles para su ejecución. Asimismo, se ha publicado el Decreto Legislativo Nro. 1325 que brinda tratamiento especializado en salud a la población penitenciaria LGTBIQ.
Crímenes de odio y discriminación
La norma, que entrará en vigencia a partir de mañana, tendrá como consecuencia que los crímenes de odio cometidos contra la comunidad LGTBIQ sean identificados como tales y sancionados con mayor severidad debido a las razones de intolerancia o discriminación que hayan motivado al agresor.
Del mismo modo, el Decreto Legislativo ha modificado el tipo penal de los delitos de discriminación e incitación a la discriminación, a los cuales se les ha incorporado la orientación sexual y la identidad de género como motivos expresos para su configuración. Estos delitos condenan la exclusión, restricción o preferencias que anulan o menoscaban el reconocimiento, goce o ejercicio de cualquier derecho de una persona o la incitación a estos, incluso por medios como el internet.
Antes de esta modificación, el Código Penal únicamente establecía que constituía una circunstancia agravante de los delitos la ejecución por motivos de intolerancia o discriminación de cualquier índole, por lo que la inclusión de la orientación sexual o de la identidad de género se encontraba sujeta a la interpretación de los jueces y fiscales.
Esta propuesta se ha encontrado en agenda de la comunidad LGTBIQ desde el año 2011, cuando fue propuesta por el congresista Carlos Bruce; sin embargo fue rechazada cuando se debatió en el Pleno del Congreso. Asimismo, el Proyecto de Código Penal que se debatió el 2015 en el Congreso contemplaba tanto la identidad de género como la orientación sexual como motivos que configuraban el delito de discriminación, pero ambas fueron eliminadas luego de que los congresistas Rosas y Urquizo expresaran su disconformidad.
Esta vez la modificación ha venido desde el Ejecutivo en el marco de las facultades legislativas concedidas por el Congreso en materia de seguridad ciudadana. El congresista de la bancada oficialista Alberto de Belaunde recordó a través de su Facebook que esta medida se da en cumplimiento del plan de gobierno que presentó el partido Peruanos por el Kambio.
Tratamiento especializado de población penitenciaria
Hoy también fue publicado el Decreto Legislativo Nro. 1325 por el cual se ha declarado en emergencia el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) por motivos de seguridad, salud, hacinamiento e infraestructura.
Entre las medidas dictadas para la reestructuración de esta institución en materia de condiciones de salud se ha establecido que la población penitenciaria vulnerable recibirá tratamiento especializado e integral, en especial por razones de identidad de género u orientación sexual.
Para estos efectos el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables así como las instituciones competentes que asistan a esta población contarán con un plazo de 30 días para coordinar con el INPE la intervención con programas de atención para la población penitenciaria.
Fuente: http://sinetiquetas.org/2017/01/06/p...8MjNm4-fomSz6E